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¿Quiénes tienen derecho al aguinaldo?

Estamos a pocos días de que se acabe el plazo para que las empresas otorguen el muy querido aguinaldo.

Si eres de los afortunados a los que ya le cumplieron y ahora estás gozando de los beneficios de este derecho, recuerda darle un uso responsable. Pero si no es el caso, quizá te estés preguntando si entras en los beneficiados del aguinaldo.

Por eso aquí te aclaramos tus dudas y te decimos quiénes sí y quiénes no tienen pueden acceder a este derecho.

De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, el aguinaldo es una prestación a la que tienen acceso todos los trabajadores:

 

Una de las dudas más comunes es si un empleado que tiene menos de un año laboral en su empresa actual tiene derecho a recibir el aguinaldo. La respuesta es sí. Se le debe pagar la parte proporcional del tiempo que lleves laborando.

De igual forma, si renunciaste a tu trabajo, también tienes derecho a recibir la misma parte proporcional que corresponde.

Las madres trabajadoras que hayan tenido alguna incapacidad por maternidad tienen que abonarles su aguinaldo de forma completa. También si tuviste alguna incapacidad médica tienes derecho al 100 por ciento de tu aguinaldo, sin importar el tiempo que hayas estado ausente.

Los únicos que no tienen esta prestación son aquellos trabajadores que están contratados por el esquema de honorarios. Salvo que exista una prestación de servicios permanentes a un solo patrón y obligatoriamente cubras un horario de trabajo; o recibas instrucciones de un superior inmediato y tengas un lugar fijo de trabajo dentro de la empresa o establecimiento podrás solicitar el pago de tu aguinaldo; en caso contrario no tienes este derecho.

Recuerda que, si a más tardar el 20 de diciembre no tienes el pago de tu aguinaldo, puedes interponer una demanda ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), quienes también pueden asesorarte por cualquier duda que tengas.

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